Carlos Loaiza

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Compliance tributario: el inicio de una nueva era

El desvío en materia fiscal puede tener altos costes reputacionales, así como suponer responsabilidades para las empresas, sus managers y asesores
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04 de marzo de 2019 a las 05:03

Hace algunos meses comentábamos en este espacio cómo el cumplimiento riguroso de los impuestos se ha instalado en la conciencia colectiva de las generaciones que gobiernan o están llamadas a gobernar el mundo como un imperativo moral que guía sus decisiones y criterios. Esto no solo significa que el desvío en materia fiscal puede tener altos costes reputacionales, así como suponer responsabilidades para las empresas, sus managers y asesores, administrativas, civiles y hasta penales.

Para medir su importancia, basta pensar que se calcula que el 7,5% del beneficio de las empresas del Fortune 500 está hoy sometido a disputas con el fisco, y que desde este
año, los asesores fiscales en Europa deben informar obligatoriamente aspectos hasta ahora confidenciales de sus operaciones transnacionales por imperio de la Directiva Europea sobre Intermediarios Fiscales (DAC 6). "Tax in the Boardrooms": los impuestos han llegado para quedarse a donde se toman las decisiones claves de las empresas, tema que nos apasiona y abordamos especialmente en el IEEM, la Escuela de Negocios de la Universidad de Montevideo (UM).

Pues ahora toca dar un paso más, ante la necesidad de dotar de certidumbre en medio de un ecosistema fiscal globalizado, transparente, altamente complejo y con potenciales
sanciones graves: la construcción de estándares de calidad de gestión de la materia tributaria por parte de las empresas. Sobre este tema crucial recibimos en este primer número del año de Consultor Tributario el valioso aporte de Francisco Tochetti, Postgrado en Tributación Internacional de la UM y cursando el Máster en Tributación Internacional y el Postgrado de Compliance Corporativo del Centro Europeo de Estudios Garrigues.

Confiamos en que sea solo el primero de muchos sobre un asunto que consideramos también inexorable para nuestro país y sus empresas.

Los impuestos y el compliance, el comienzo de una nueva relación
Por Francisco Tochetti
Hace ya algunos años que venimos experimentando grandes cambios en el paradigma fiscal a nivel mundial. La influencia del Common Reporting Standard y del plan BEPS de la OCDE es una realidad y sus efectos se comienzan a ver plasmados en las normativas internas de varios países. Uruguay no se queda atrás y acompaña este proceso de adecuación normativo muy eficientemente. La ley de transparencia fiscal, las modificaciones en la ley de Zonas Francas, los cambios en la normativa fiscal de intangibles y la regulación de la economía digital, son algunos ejemplos de dicha influencia reflejada en nuestra normativa interna.
Por otra vía transita el Compliance Corporativo (o Corporate Compliance), que desde hace ya un tiempo promueve un cambio en el operar de las organizaciones basado en
principios, procedimientos y buenas prácticas, con el fin de identificar y prevenir riesgos legales y operativos. Otra realidad que ha adquirido gran relevancia a nivel internacional y de la que tampoco somos ajenos en nuestro país.
Esta nueva cultura del Compliance Corporativo ha llegado para quedarse y no solo se manifiesta en las empresas de grandes dimensiones, sino también en empresas más pequeñas que apuestan por un actuar legal y ético con el fin de mitigar riesgos sancionatorios y reputacionales que puedan sacudir o hasta sepultar su actividad económica. En países como España y Estados Unidos (entre otros) donde la legislación consagra la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el Compliance Corporativo es cosa de todos los días, ya que un adecuado programa de Compliance en la empresa puede atenuar o hasta eximir la pena que deba cumplir una entidad responsable.
Es justamente en España donde se ha redactado una norma que une las dos materias mencionadas anteriormente, los impuestos y el compliance. En el correr del primer semestre de este año se publicará la norma UNE 19602 sobre Sistemas de Gestión de Compliance Tributario. La referida norma establece un conjunto de recomendaciones y requisitos necesarios para establecer un sistema de gestión de Compliance Tributario en las empresas, con independencia de su tamaño. La UNE 19602 no solo busca difundir una cultura de prevención y cumplimiento normativo en las empresas, sino que además establece pautas para implantar un sistema de Compliance Tributario con el fin de minimizar los riesgos fiscales y, en caso de producirse, facilita la creación de mecanismos de detección, corrección y métodos para evitarlos en el futuro.
Esta norma presenta la estructura de alto nivel de las normas ISO (International Standard Organization) y es integrable con otros sistemas de gestión de compliance como son las normas UNE-ISO 19600 y UNE 19601, que establecen mecanismos de exoneración o atenuación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Es importante mencionar que es una norma certificable, lo cual significa que la aplicación efectiva del sistema de Compliance Tributario puede ser un elemento de prueba que logre demostrar ante el fisco o los tribunales, la diligencia y la voluntad de la empresa de cumplir con sus obligaciones tributarias. En otras palabras, gran seguridad jurídica para los contribuyentes.
Esta normativa traerá un gran cambio en el modelo de la relación fisco-contribuyente, donde comenzaremos a ver una Administración más preventiva y colaborativa y unos obligados tributarios más diligentes y transparentes. La UNE 19602 se suma al novedoso concepto de “Buen Gobierno Tributario” en las empresas y es una demostración más del cambio de paradigma fiscal que estamos experimentando. Todo parece indicar que quienes no quieran asumir esta nueva realidad tendrán mucho más para perder que para ganar. Veremos qué impacto tienen estas nuevas tendencias en nuestro país.

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